Familia homoparental: Justicia le ordena al Registro Civil inscribir a mellizos con los apellidos de sus dos madres

Por CNN Chile

10.10.2019 / 18:01

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"En la doctrina de la Corte Interamericana no se protege un único modelo de familia, dando cabida a la evolución política y social que se ha experimentado en el marco de las relaciones afectivas", fueron parte de las palabras del Tribunal en defensa de la pareja. En tanto, la vocera del Movilh catalogó el actuar de la institución como homofóbica.


La Corte de Apelaciones de Santiago, ordenó al Registro Civil inscribir a mellizos de dos años con los apellidos de sus respectivas madres. El hecho, fue informado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), el cual presentó además un recurso de protección a favor de la familia homoparental.

La historia, según estipula Bío Bío Chile, tuvo inicio en noviembre de 2018 cuando las madres de los mellizos contrajeron el Acuerdo de Unión Civil en donde quisieron que los niños tuvieran los dos apellidos pero la solicitud fue denegada por la institución.

Tras recurrir a la justicia, el recurso de protección resultó ganador con dos votos a favor de la jueza Maritza Villadangos y de la abogada integrante María Cecilia Ramirez.

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El Registro Civil se defendió ante la corte citando un extracto de la ley:

“El artículo 126 del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2128 de 1930, el cual señala que en Chile los apellidos o nombres de familia de las personas están compuestos por un apellido paterno y materno(…) El primer apellido deberá corresponder al apellido paterno del padre y el apellido materno a su segundo apellido que será el apellido paterno o nombre de soltera de la madre”.

Agencia uno

El tribunal, por su parte, determinó que si se encuentra determinada solamente la maternidad del hijo, igualmente el o la inscrita llevará como apellido paterno el que declare la madre. 

Por otra parte, la entidad judicial agregó que “ante la falta de una definición de familia, la doctrina de la Corte Interamericana ha dicho que ésta no debe ser entendida de manera restrictiva y que tal indefinición es consistente con el hecho que no se protege un único modelo de familia, dando cabida a la evolución política y social que se ha experimentado en el marco de las relaciones afectivas, del que las parejas del mismo sexo gozan de reconocimiento a la usanza de las heterosexuales (…)”.

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De esta forma, se determinó que los vínculos de parejas homosexuales deben recibir la misma protección que aquellos constituidos por parejas que no lo son.

El resultado fue celebrado por la vocera del movimiento Movilh, Daniela Andrade, quién a través de un comunicado de prensa aseguró que se ha marcado un importante precedente a favor de la igualdad de derechos de las familias homoparentales.

“Se ha revertido una medida homofóbica y antojodiza del Registro Civil y se ha avanzado en mejores condiciones de vida para los hijos e hijas de parejas del mismo sexo”, concluyó.