VIDEO RELACIONADO - Carabineros respondió a formulación de cargos de Contraloría (12:18)
{"multiple":false,"video":{"key":"czoiZwkGXZl","duration":"00:12:18","type":"video","download":""}}

La Contraloría General de la República (CGR) sostuvo que no se referirá al contenido del proceso disciplinario iniciado contra siete generales de Carabineros por sus eventuales responsabilidades administrativas en procedimientos realizados en el marco del estallido social.

El órgano fiscalizador explicó que se trata de un procedimiento que fue secreto en su etapa indagatoria y que hoy es reservado, por lo cual su contenido sólo es conocido por el fiscal del sumario y por los funcionarios a quienes se le formularon cargos.

A través de una declaración pública, la CGR indicó que entre el 18 de octubre y el 31 de diciembre de 2019 recibió 457 denuncias “debidamente individualizadas” relacionadas al actuar de Carabineros, “por lo que se encontraba en el deber legal de actuar frente a tales denuncias“.

Tal situación fue informada por la Contraloría a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 30 de enero de 2020.

Lee también: Pérez por cargos de Contraloría a Carabineros: “Estamos seguros que van a ser desvirtuados”

El órgano explicó que “la facultad de la Contraloría General para perseguir responsabilidades administrativas en Carabineros de Chile se funda en el artículo 98 de la Constitución Política de la República, que le encarga el control de legalidad de los actos de la Administración, y en el artículo 133 de la ley N° 10.336, que sostiene que ‘el Contralor o cualquier otro funcionario de la Contraloría, especialmente facultado por aquél, podrá ordenar, cuando lo estime necesario, la instrucción de sumarios administrativos’”.

Además, precisó que la existencia del procedimiento disciplinario iniciado en Carabineros fue informado al general director y al director de Auditoría Interna en marzo.

Por último, señaló que “el procedimiento sumarial pretende establecer la eventual responsabilidad administrativa de funcionarios públicos ante la infracción de deberes legales y estatutarios y, de corresponder, termina con la aplicación de sanciones fundadas en un racional y justo proceso“.

Tags:

Deja tu comentario