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La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Arzobispado de Santago indeminizar a las víctimas de Fernando Karadima con 300 millones de pesos.

Con esta decisión, la justicia acogió -en parte- la demanda contra la Iglesia capitalina por encubrimiento de los abusos cometidos por el ex párroco de la Iglesia El Bosque.

La demanda indemnizatoria fue presentada en 2013 por Juan Carlos Cruz, James Hamilton y José Andrés Murillo, por un monto inicial de 450 millones de pesos.

Si bien esta fue rechazada en 2017, las víctimas apelaron y el proceso se extendió tras distintos intentos de conciliación entre las partes. El monto ahora deberá ser pagado por el Arzobispado de Santiago, entidad que -a través de un comunicado- dijo estar “conforme” con el fallo.

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“Acciones dirigidas”

En conversación con Última Mirada, el denunciante de Fernando Karadima, James Hamilton, criticó el lenguaje que ha sido usado por la Iglesia que ha calificado de “errores” los abusos sexuales perpetrados por sacerdotes.

“No son errores. El error generalmente ocurre de un acto involuntario, la omisión también podría ser un acto involuntario. Pero acá se demuestra en el escrito del fallo que hay acciones dirigidas de encubrimiento”, dijo Hamilton.

En ese sentido, puntualizó que “se aceptó como prueba la carta que le envía el cardenal Errázuriz en donde dice que no le va a tomar ni siquiera declaración a Karadima, donde dice, además, que hay que cuidar el entorno de Karadima y que, de alguna manera, hay que contener a las víctimas para que no vayan a afectar más este entorno o a afectar a la Iglesia”. 

También apuntó contra el recientemente renunciado como arzobispo de Santiago, Ricardo Ezzati, sobre quien dijo que recibió denuncias “de José Andrés Murillo, también recibió denuncias a través de Cristián Contreras, que hoy en día es obispo de Melipilla, entonces como obispos auxiliares de Santiago, de Errázuriz, que incluía a Arteaga, ellos también contribuyeron a aplacar a esta voluntad del jefe, del capo, que era Errázuriz, para acallar a las víctimas”. 

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Más allá de lo eclesiástico

Hamilton valoró el fallo de la Corte de Apelaciones considerando que “se sale del rango de influencia de la Iglesia. Habla de la responsabilidad de la institución”. 

Así, el denunciante explicó que la resolución puede servir como un precedente para futuras acciones de este tipo que involucren a religiosos en Chile.

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También destacó el rol que tuvo el Papa Francisco cuando invitó a los denunciantes a Roma para conocer sus testimonios e iniciar así el proceso liderado por el monseñor Charles Scicluna.

“Hay ciertos actos en la vida, pueden ser de origen político, estratégico, pero desde el momento que se lanzan no tienen vuelta atrás, y que generan efectos en cascada. Lo que hizo el Papa con nosotros es uno de esos actos“, explicó.

Imprescriptibilidad y retroactividad

Según Hamilton, hay características de las víctimas de este tipo de abusos -como las secuelas psicológicas que sufren a través del tiempo- que hacen que la justicia deba avanzar hacia la imprescriptibilidad. Pero no sólo eso.

“Si nosotros fuéramos realmente justos con las víctimas tendríamos que hacer esto hacia atrás, porque hay miles de personas que requieren, dentro de su proceso de sanación, para descubrir que son víctimas, necesitan que una justicia mayor, alguien que pueda ser ecuánime pueda dictaminar y decir ‘usted fue violada’, ‘usted fue abusada desde pequeña’, esto queda establecido. Eso es un derecho fundamental, que es el derecho de acceso a la justicia”, enfatizó.

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En esa línea, criticó que todas las condiciones de retroactividad en Chile “lo único que hacen es beneficiar al criminal” y acusó “temor al Tribunal Constitucional” para no avanzar en este sentido. “Tienen el temor que, si declaran la ley con efecto retroactivo, venga el Tribunal Constitucional y se los bote”, sostuvo.

“El problema es que el hecho de la develación interna de uno de que ha sido víctima es un tema que es imposible definir el tiempo. En Australia, en un estudio de varios miles de víctimas, se hizo una comisión de verdad y reconciliación, se vio que las personas declaraban por primera vez su historia de abuso a un conocido era a los 33 años y la legislación chilena tenía hasta los 27 años como el límite. Imagínate una niñita que fue abusada a los cinco años. Antiguamente, incluso, pasaban cinco años de eso y a los 10 años estaba prescrito. En Chile el abuso ha sido el crimen perfecto”, sentenció.

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