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Luego de la contaminación que afectó a Quintero durante la semana del 20 de agosto recién pasado, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió fortalecer sus capacidades disponibles en la zona, redistribuyendo personas y recursos técnicos, los cuales se encuentran trabajando en régimen de turnos durante los siete días de la semana.

De esta forma se han intensificado considerablemente las acciones y decisiones tanto en materia de fiscalización como de procedimientos sancionatorios respecto de las unidades fiscalizables de la zona.

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En medio de aquello, la SMA formuló cargos a la empresa Gasmar S.A., la cual es dueña y opera una Planta de Almacenamiento de Gas Licuado de Petróleo (“GLP”), denominada “Planta Gasmar”, emplazada en la ruta F-30, camino Concón- Puchuncaví, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso.

La decisión, afirman, no está relacionada con la intoxicación masiva en la zona.

CRISTIAN OPAZO /AGENCIAUNO

Según informaron desde la Superintendencia, la decisión se basa en las fiscalizaciones que incluyeron visitas de inspección, requerimientos de información y declaraciones tanto de operarios como de ejecutivos de la empresa señalada por deficiencias en el funcionamiento del sistema de antorcha en relación a un flujo de gas barrido y de gas piloto, inferiores a lo comprometido en la RCA que regula esta actividad.

Lo anterior es calificado como grave, por incumplimiento de una medida establecida en su autorización ambiental destinada a eliminar o minimizar los efectos adversos al medioambiente.

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La SMA detalló que los antecedentes reunidos, analizados y procesados de acuerdo a los mismos criterios y metodologías empleadas en el caso anterior, no obstante, configuran claros incumplimientos, no entregan elementos suficientes, por ahora, como para imputar responsabilidad en los lamentables episodios de contaminación que afectaron a los vecinos de la zona durante la semana del 20 de agosto recién pasado.

SANTIAGO MORALES/AGENCIAUNO

Además del cargo señalado, se formulan otros cargos por otros incumplimientos como la falta de acreditación del mantenimiento de la antorcha y equipos conexos; el incumplimiento de la obligación de adecuado manejo de residuos peligrosos y la falta de respuesta íntegra a un requerimiento de información formulado por la Superintendencia en el año 2017.

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Una vez notificada la formulación de cargos, la empresa tendrá un plazo legal para presentar un Programa de Cumplimiento (10 días hábiles), o Descargos (15 días hábiles), conforme al procedimiento que está previsto en la Ley Orgánica de la SMA.

¿Qué dijo Gasmar?

A través de una declaración pública, la empresa sostuvo que aquellos cargos se fundan “en inspecciones realizadas en los meses de enero y julio del pasado año 2017 al sistema de antorchas de nuestra planta, por lo que no tiene incidencia en los últimos acontecimientos ocurridos en la zona”.

Nos parece fundamental citar el numeral 69 de la resolución de la SMA, en donde señala textualmente: ‘en base a los antecedentes que se han podido recabar a la fecha de la presente instrucción, no reviste de carácter significativo a la salud de la población de los centros habitados de Puchuncaví y Quintero'”, subraya el comunicado.

A continuación adjuntamos el detalle de la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):

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