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Este domingo 4 de septiembre se realizará el plebiscito de salida para decidir si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución redactada por la Convención Constitucional.

La instancia es de carácter obligatorio para quienes tengan domicilio electoral registrado en Chile, es decir, todas las personas habilitadas para sufragar deberán asistir a ejercer su derecho a sufragio.

En tanto, quienes tengan domicilio electoral registrado en el extranjero tienen voto voluntario.

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Una vez terminado el proceso de plebiscito, el Servicio Electoral de Chile (Servel) deberá denunciar ante los Juzgados de Policía Local a todas las personas que no participaron del proceso estando en territorio nacional.

Los Juzgados de Policía Local podrán citar a los denunciados y aplicar multas a beneficio municipal de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM): entre $30 mil y $180 mil.

El proceso de denuncia no se realiza inmediatamente después del plebiscito. Por lo mismo, podrían pasar varios meses antes de que llegue la citación del Juzgado.

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El Servel tendrá hasta un año para denunciar a las personas que no participaron de la votación. Posteriormente, la persona será notificada en el domicilio registrado.

Tras eso, deberán presentarse ante el Juzgado de Policía Local de la comuna registrada en el domicilio electoral y dar sus razones correspondientes. De lo contrario, deberán pagar la multa indicada.

¿Cuáles son las excusas aceptadas?

Al ser citado por el Juez de Policía Local, podrán excusarse quienes cuenten con documentación de respaldo por:

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