AGENCIA UNO

A partir de este lunes, ya figura publicada en el Diario Oficial la corrección a la ley 19.947, correspondiente al Matrimonio Civil.

Tras ser aprobado en su última instancia -por un total de 119 votos a favor, siete en contra y cinco abstenciones-, la Cámara de Diputadas y Diputados permitió la derogación del artículo 4, cuya aplicación ahora queda obsoleta.

En concreto, se trata de suprimir la causal de conducta homosexual en el divorcio por culpa, que hasta antes de la promulgación de la enmienda era un objeto de alusión permitido a la hora de comenzar los trámites legales de divorcio.

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La ex presidenta de la Cámara Baja Maya Fernández, quien participó activamente de la resolución desde sus funciones como integrante de la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, tildó de “insólita” la vigencia de la antigua normativa.

Les parecerá insólito, pero en nuestro país la homosexualidad es causal de divorcio por culpa. Hoy avanzamos en terminar con esta discriminación y aprobamos su derogación”, dijo Fernández en su cuenta de Twitter cuando el proyecto se envió a promulgación.

Según indica el documento emanado desde el Congreso, apuntar a la homosexualidad o, en rigor, a la orientación sexual de uno de los miembros de la pareja, no será sinónimo de producir efectos jurídicos en esta línea, sobre todo si aquello se atribuye como culpa.

De esta manera, la reformada Ley de Matrimonio Civil solo permitirá la demanda por parte de uno de los cónyuges en caso de que la causal suponga una considerable violación a las obligaciones y deberes imponibles en el matrimonio o en la relación con los hijos, lo cual signifique una intolerancia a la vida en común.

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Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) se mostraron satisfechos con la medida, pues a su juicio se trataba de “la segunda norma más homofóbica” del país. Señalaron que “se acabó esta odiosa legislación” y que “así gusta Chile”.

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