Desde este lunes el Registro Civil ya se encuentra disponible para inscribir a quienes quieran iniciar su proceso de cambio de sexo registral, en el marco de la Ley de Identidad de Género que entrará en vigencia el próximo 27 de diciembre.

Esto a un año de que la nueva normativa fuera publicada y a 120 días de que se publicaran los reglamentos.

El trámite se podrá realizar por vía judicial o administrativa y, para ello, la persona interesada debe solicitar, de forma gratuita y en alguna de las 420 oficinas del país, una hora para la realización de una audiencia, en la que presentarán dos testigos, quienes declararán que el primero conoce los efectos jurídicos que implica la rectificación de sexo y nombre de pila.

El Servicio podrá acoger, rechazar o declarar inadmisible la petición de rectificación dependiendo de si se cumple con los requisitos legales y, en caso de que la solicitud sea acogida, la persona solicitante podrá obtener un nuevo documento de identidad y viaje, según corresponda.

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Entre los efectos que tiene el cambio nombre y sexo registral, se encuentra la identificación de acuerdo a la identidad de género del solicitante, y que las imágenes y soportes digitales, datos informáticos u otros con que las personas figuren en registros públicos y privados deberán coincidir con su identidad.

La rectificación no afecta el número del RUT, la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales del solicitante, ni los provenientes de las relaciones del derecho de familia. En tanto, una vez que sean emitidos los nuevos documentos de identidad y viaje, no podrán ser empleados bajo ninguna circunstancia los anteriores.

Para acceder al cambio no es necesario haberse sometido a un tratamiento médico o a una intervención de la apariencia física.

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