FRANCISCO CASTILLO D. /AGENCIAUNO

Un grupo de 54 diputados y diputadas de RN, Republicanos, Partido Social Cristiano, UDI y Partido de la Gente presentaron un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) por la Ley Integral Contra la Violencia hacia las Mujeres, recientemente aprobada en el Congreso.

Los parlamentarios impugnan específicamente una frase inciso segundo del artículo 12 del proyecto de ley, que aborda que el Estado deberá promover una “educación no sexista”. 

El documento expresa que el proyecto de ley “amparándose en la loable y necesaria intención de proteger a las mujeres, atenta directamente contra el deber y derecho preferente de los padres a educar a sus hijos y la libertad de enseñanza”, contraviniendo la Constitución.

En el escrito argumentan que la disposición “adolece de un vicio por contravención de la libertad de enseñanza, en un doble sentido. Primero, al imponer a todos los establecimientos educacionales con reconocimiento oficial un enfoque único y excluyente en la educación sobre la persona y su sexualidad”.

También acusan que es “igualmente inconstitucional en cuanto todos los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente tienen el deber -como se explicó en el acápite anterior de preferir la ‘convicción’ moral y antropológica del Estado por sobre la de sus propios proyectos educativos y la de los padres”.

A juicio de los diputados que suscribieron el requerimiento, ello “vulnera simultáneamente el derecho de los padres a educar a sus hijos —como ya se ha visto— así como su derecho a escoger el establecimiento de enseñanza que quieren para ellos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 N° 11 de la Constitución”.

Junto a lo anterior, precisan que la norma vulnera el inciso segundo del artículo 5° de la Constitución, “en cuanto el Estado vulnera derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que son recogidos en forma expresa por tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

A juicio de los honorables, “resulta claro que la imposición de una educación ‘no sexista’ constituye una categoría que, al no caber en ninguno de los límites objetivos señalados anteriormente, es de suyo contraria al texto constitucional en lo que respecta a la libertad de enseñanza”.

De qué trata la ley

La Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres se trata de un marco normativo para abordar la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en razón de su género, que establece las bases y lineamientos para su abordaje y los deberes de los distintos órganos del Estado en esta materia.

Esto, acorde a los compromisos emanados de la Convención Belém do Pará, instrumento internacional suscrito y ratificado por Chile desde 1996.

Una vez promulgada, la ley permitirá mejorar la fiscalización de las medidas cautelares y establecer un mecanismo de supervisión judicial para garantizar su cumplimiento y pertinencia. Además, amplía las medidas cautelares a delitos y agresiones que ocurran fuera de relaciones filiales, afectivas o de convivencia.

De todas maneras se deberá esperar a que el Tribunal acoja o no el requerimiento de los 54 parlamentarios. 

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