El Diario Oficial publicó este martes 23 de agosto la ley que rebaja a 4/7 el quorum para realizar reformas a la actual Constitución.
La legislación fue impulsada por los senadores DC Matías Walker, Ximena Rincón e Iván Flores, y el independiente PPD Pedro Araya, con el fin de facilitar los cambios a la Carta Magna vigente en caso de que gane la opción Rechazo en el plebiscito de salida.
Desde Chañaral, en la Región de Atacama, los senadores Rincón y Walker expresaron felicidad y celebraron la publicación de la ley.
“Es un día histórico, 42 años han pasado desde que se impusieran esos supra quorums en nuestro país”, dijo Rincón.
Walker, por su parte, agregó que esto “va a permitir abrir el camino para tener una nueva y buena Constitución para Chile”.
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¿En qué consiste?
El texto indica que las normas legales que interpreten preceptos constitucionales necesitarán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los diputados/as y senadores/as en ejercicio. Lo mismo en caso de un proyecto de reforma para ser aprobado en cada Cámara.
De igual modo, se aplicará este margen si quien ejerza la Presidencia de la República observase parcialmente un proyecto de reforma aprobado por ambas cámaras. Así, las observaciones se entenderán aprobadas con el voto conforme de dicho quorum de los miembros en ejercicio de cada cámara y se devolverá al presidente para su promulgación.
Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios también requerirán del voto conforme de las cuatro séptimas partes.
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