La Defensoría de la Niñez anunció que oficiará a las instituciones públicas señaladas en un informe de la Contraloría General de la República (CGR), que dio cuenta de 164 casos de personas inhabilitadas para trabajar con menores de edad, ejercieron o ejercen cargos con contacto directo y habitual con estos.
En total, se trata de personas que fueron contratadas por 72 instituciones públicas entre 2020 y 2025. Entre las entidades se encuentran las municipalidades de El Bosque, Puyehue, Constitución, Nancagua, Quinta de Tilcoco, Valdivia, Los Andes, Tomé, Puerto Montt, San Pedro de la Paz, El Monte, San Pedro de Atacama, Vichuquén, Concepción, La Pintana, Lago Ranco, San Javier, Illapel, Mariquina, Lumaco y Peralillo.
A ellos se suman algunos SLEP, Corporaciones Municipales y Culturales, y hospitales y servicios de salud.
La Defensoría “se encuentra oficiando a cada una de las instituciones señaladas en el informe, con el fin de conocer las acciones correctivas que se están adoptando, el detalle del número de personas contratadas en esta condición y las fechas de sus inhabilitaciones”, junto con los antecedentes sobre medidas preventivas que se implementarán “para asegurar que estas situaciones no vuelvan a repetirse”.
Adicionalmente, señalaron que pedirán una reunión con la contralora Dorothy Pérez, para poder analizar la situación “de manera conjunta y colaborativa”.
“Velar por el interés superior de niños, niñas y adolescentes es una obligación transversal de todas las instituciones públicas, consagrada en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la legislación nacional. Por ello, resulta imperioso el cumplimiento estricto de la normativa vigente y la implementación urgente de mecanismos de control preventivo y obligatorio, que aseguren la consulta sistemática al Registro General de Condenas y al Registro Seccional de Inhabilitaciones antes de cualquier contratación”, relevó el organismo.
Incumplir dicha obligación “compromete gravemente la protección efectiva de los derechos fundamentales de la niñez y adolescencia, y vulnera directamente el mandato legal establecido en el artículo 6 bis del Decreto Ley N.º 645 de 1925, que obliga a verificar las inhabilitaciones antes de contratar personal en funciones relacionadas con niños, niñas y adolescentes”.
“Estas faltas a la ley exponen a niños, niñas y adolescentes a riesgos inadmisibles y reflejan graves falencias en los sistemas de control y responsabilidad administrativa de las instituciones involucradas. La Defensoría de la Niñez exige que se adopten de inmediato las medidas necesarias para garantizar que nunca más se repitan hechos de esta naturaleza”, afirmó la Defensoría.
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