La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la empresa aseguradora 4Life Seguros de Vida al pago de una indemnización millonaria por daño emergente y moral, además de una elevada multa, por negarse a cumplir con una póliza de seguro de una consumidora que sufrió un accidente cerebrovascular, según informó el SERNAC.
La persona, luego de sufrir el episodio, quedó con una incapacidad global de un 73% y un menoscabo de la capacidad de trabajo de un 84.0 (igual o mayor de 2/3). La consumidora afectada denunció la situación ante la aseguradora para poder acceder a la cobertura del seguro que había contratado.
La fecha de inicio de la póliza comenzaba a las 00:00 horas del 1 de agosto del 2021 y terminaba el 31 de agosto del 2023 a las 24 horas.
Sin embargo, luego de pedir un análisis a la liquidadora, la compañía le informó que no podía acceder a los beneficios del seguro debido a que la póliza no se encontraba vigente, ya que, según la compañía, el incidente ocurrió el 26 de agosto de 2021, es decir, días antes de que estuviera vigente la prestación.
Ante ello, la consumidora afectada concurrió ante la justicia, interponiendo una denuncia ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, donde el SERNAC también se hizo parte.
Tras analizar los antecedentes, el organismo determinó que la consumidora y el SERNAC estaban en lo correcto, añadiendo que la interpretación de la compañía de rechazar no solo la beneficiaba, sino que además con dicha decisión había provocado un daño grave a la persona afectada.
Finalmente, el juzgado estableció que la aseguradora 4Life debía pagarle a la consumidora afectada, por concepto de daño emergente, la suma de 6.054 UF. Además, el juez condenó a la aseguradora al pago de una indemnización de $5 millones por concepto de daño moral en beneficio de la persona afectada.
Tras la sentencia de primera instancia, 4Life Seguros de Vida recurrió ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, pero el tribunal rechazó la solicitud y mantuvo las indemnizaciones y multa, al considerar negligente la negativa de la aseguradora a pagar el siniestro.
Posteriormente, la empresa presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, el que también fue rechazado, dejando firme la sentencia.
La Directora Nacional (s) del SERNAC, Carolina González, junto con valorar la sentencia, sostuvo que “este tipo de decisiones judiciales son importantes porque ratifican que cuando los consumidores contratan un seguro, tienen derecho a que las empresas entreguen toda la información sobre las condiciones relevantes del contrato, junto con cumplir con cada uno de los compromisos asumidos con los consumidores”.
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