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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó hoy una demanda colectiva en contra de dos cadenas de supermercados, Walmart y SMU, para buscar compensaciones en el caso de la colusión de venta de carne de pollo.

La acción judicial fue interpuesta con el objetivo de que los tribunales establezcan los montos de compensación para los consumidores que se vieron afectados entre los años 2008 y 2011. Según Sernac, las soluciones presentadas por las empresas no alcanzaban las exigencias mínimas en torno al procedimiento.

Sin embargo, la versión de Walmart es que hubo disposición a compensar por un cifra que era menor a la solicitada por Sernac. Al no lograr acuerdo, en una declaración pública sostuvieron que “hemos decidido restarnos de esta instancia, ya que distinguimos grandes inconsistencias metodológicas en los datos incluidos en el informe técnico preliminar”.

De parte de SMU, hasta que se cumplieron los plazos establecidos no entregó una propuesta. Su respuesta pública, similar a Walmart aludió a “los errores técnicos, jurídicos y metodológicos” del informe, que le hicieron “imposible” a la compañía presentar una propuesta.

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Respecto al caso, en conversación con CNN Chile, el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), Hernán Calderón, quienes se han sumado al proceso, afirmó que “con esto el tiempo para llegar a una solución se vuelve incierto, sin un acuerdo podríamos tener resultados en cuatro o cinco años más”.

Sin embargo, sostuvo “tenemos la facilidad de que los hechos de la colusión están comprobados y ratificados” y destacó que “la otra empresa que está demandada hace más tiempo, porque no quiso siquiera acogerse a las negociaciones, es Cencosud, cuyo proceso ya está en curso”. Desde su punto de vista “tenemos que unir fuerzas con el Sernac para llegar a los Tribunales”.

“Decir que no hubo daño al consumidor es muy difícil de establecer”, señaló Calderón ante la dificultad de identificar a quienes compraron la carne de pollo durante las fechas que establecieron los informes. “Nuestra legislación del consumidor tienen claramente establecidas las posibilidades, por eso, cuando demandamos en el caso de la colusión del confort, fue argumentando el interés difuso de los consumidores“.

“No podemos determinar la cantidad de compradores, pero sí podemos determinar el daño económico que se produjo”, manifestó Calderón y detalló que “nuestra legislación considera la opción donde el daño se pueda comprobar aunque no se puedan determinar las personas”.

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Finalmente adelantó que “en este caso, se puede preparar una demanda a ambas empresas o por separado, porque no todas provocan el mismo daño, pero después se van a acumular, ya que probablemente puedan haber otros actores que hagan sus acciones” y sentenció que “hay varias aristas para determinar cuál es el daño a los consumidores y cuánto es lo que se tiene que compensar y después veremos cómo vamos a poder efectivamente compensar a los afectados”.

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