Este jueves 18 de noviembre a la media noche se pone fin al plazo de propaganda electoral, iniciando el período de veda electoral.
Según el artículo 127 de la Ley sobre Votaciones Populares Escrutinios se prohíbe “la celebración de manifestaciones o reuniones públicas de carácter electoral en el período comprendido entre las cero horas del segundo día anterior a una elección”.
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¿Cuál es la sanción?
La persona que haga propaganda electoral fuera de los plazos establecidos, “podrá ser sancionado con multa de 20 a 200 Unidades Tributarias Mensuales“.
¿Quién fiscaliza?
Cursar las infracciones corresponde al Servicio Electoral, el cual través de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral determinará las acciones de inspección.
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¿Cómo denunciar propaganda fuera de plazo?
Las denuncias deberán señalar el lugar y fecha de presentación y la individualización completa del denunciante. Asimismo, deberá contener una descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción.
Cualquier persona podrá denunciar posibles infracciones a la normativa electoral. Las denuncias se podrán hacer en línea a través del Portal de Denuncias Ciudadanas, disponible en denuncias.servel.cl
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