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Tras superar el millón de contagiados de COVID-19 desde el inicio de la pandemia, el Ministerio de Salud anunció una serie de nuevas restricciones con las que el Ejecutivo busca reducir la circulación del virus.

Los anuncios realizados en el balance del coronavirus de este jueves tocan diferentes materias: el horario del toque de queda, el estado de las fronteras y la definición de trabajador esencial, entre otras.

Estas son todas las medidas:

1. Cierre de fronteras

Las fronteras de Chile permanecerán cerradas desde el lunes 5 de abril a las 05:00 AM y durante todo el mes. Esto significa que se restringen los viajes al extranjero tanto para chilenos como extranjeros residentes en el país.

Además, se prohibe durante 30 días el ingreso de extranjeros no residentes en Chile, con excepción de quienes no se encuentran en la lista que la OMS ha declarado como de transmisión comunitaria.

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A los camioneros que ingresen por frontera terrestre con motivo de abastecimiento, se les exigirá con 72 horas de anticipación un PCR negativo. 

2. Modificación de tipificación de bienes esenciales

La definición de bien esencial de uso doméstico fue modificada para las comunas que estén en fase 1 y 2. Ahora, estos productos se entenderán como “aquellos bienes o servicios imprescindibles para la subsistencia, entre ellos alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal”.

También “son esenciales para el teletrabajo, la educación a distancia y la conservación, funcionamiento y seguridad del inmueble

Además, se dispuso que no se podrá acceder a elementos que no sean esenciales en lugares físicos, como los supermercados, ni tampoco por delivery.

Por último, se eliminarán algunos giros esenciales durante 15 días, medida que luego será reevaluada. Entre ellos se encuentran:

  • Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir.
  • Calzado en comercio especializado.
  • Venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.

Todos estos cambios entrarán en vigencia a partir del lunes 5 de abril.

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3. Modificación de definición de actividad esencial

Se incorporará dentro de las definiciones del Plan Paso a Paso el alcance o definición de trabajador esencial o imprescindible:

  • “Son aquellos trabajadores y/o prestadores de servicios de una empresa o institución pública o privada, cuyo giro ha sido declarado esencial, que desempeñen funciones que no pueden ser realizadas telemáticamente y que son imprescindibles para la actividad propia del giro, tales como labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización”.
  • “Se dejan expresamente fuera de esta definición las labores administrativas, contables, financieras y de asesorías y consultorías. Se encuentran comprendidos en esta definición los trabajadores que prestan servicios mínimos que deben asegurarse en caso de huelga”.

Además, se incorporará al Permiso Único Colectivo (PUC) la obligatoriedad de informar:

  • El total de trabajadores de la empresa (contratados o que prestan servicios a esta).
  • El número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales y para los cuales se solicita PUC.
  • La labor del trabajador considerado esencial y para el que se solicita permiso (labores operativas, logísticas y productivas, mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización).

Esto entrará en vigencia el lunes 5 de abril desde las 05:00 horas.

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4. Nuevo horario de toque de queda

Se adelanta el inicio del toque de queda para las 21:00 horas. De esta forma, la medida se extenderá por un rango de 8 horas hasta las 05:00 de la mañana.

Esta modificación también comenzará a regir a partir del lunes 5 de abril.

5. Limitación del permiso de desplazamiento individual

Para aquellas comunas que se encuentren en Fase 1 del Plan Paso a Paso, se mantendrán los dos permisos individuales semanales y se podrán solicitar hasta dos veces cada semana.

Fines de semana o feriados sólo se podrá hacer uso de uno de esos dos permisos .

Esta medida aplica desde el lunes 5 de abril a las 05:00.

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6. Aforo especial para cultos religiosos

Para la realización de cultos religiosos con público en zonas en cuarentena, se estableció un aforo máximo de cinco personas que puedan asistir.

El ministro de culto, identificado con una credencial otorgada por alguna Iglesia, Culto u Organización Religiosa debidamente reconocida por el Estado de Chile, podrá emitir un certificado individualizando hasta cinco personas que le asistirán en el culto religioso.

7. Extensión de la franja para actividad deportiva

A partir del lunes, se extenderá el horario de Elige Vivir Sano para hacer actividad física, franja que comenzará a las 6:00 AM y acabará a las 9:00 AM de lunes a domingo.

El Ministerio de Salud también dio a conocer las nuevas comunas que avanzan y retroceden de fase en el Plan Paso a Paso. Revisa esos cambios acá.

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