La aplicación de la Ley de Rentas Municipales implica el pago de patentes mediante el capital porpio declarado al Servicio de Impuestos Internos (SII) por parte de las empresas, monto que va desde una a ocho mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
La normativa ha significado grandes diferencias entre el pago de patentes semestrales de pequeños y grandes comerciantes, escenario en el que por ejemplo, mientras los primeros pagan 110 mil pesos, los segundos desembolsan cifras muy por debajo de dicho monto.
La brecha se explica en que grandes empresas dividen la cifra a pagar en sucursales, resultando por ello una mucho menor a la de un comerciante , por ejmplo, de un kiosko de revistas.
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