Habilitan plataforma web para la solución de la Deuda Histórica: ¿Cómo hacer el trámite para obtener al pago?

Por CNN Chile

01.04.2025 / 13:00

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El aporte será distribuido de acuerdo a los cupos disponibles. Revisa los detalles a continuación.


Desde este lunes 31 de marzo se encuentra habilitada la plataforma web para que profesoras y profesores puedan realizar los trámites para obtener el pago del beneficio que da solución a la Deuda Histórica de los docentes.

El proceso se encuentra habilitado para que aquellos docentes que se vieron afectados por la problemática, independiente de su edad y si se encuentran o no en la nómina que tiene el Ministerio de Educación con los profesores que ya fueron identificados como parte del traspaso a la educación municipal.

Para definir los profesores que tendrán su pago este 2025, el Mineduc dispuso como fecha de corte el 15 de junio de este año. En ese sentido, quienes entreguen sus antecedentes luego de dicha fecha, no podrán optar al aporte durante el 2025.


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Desde el Gobierno recalcaron que se debe tener en cuenta que hacer el trámite dentro del plazo indicado “no garantiza ser beneficiario durante 2025”. Para este año se asignarán los 15.560 cupos disponibles a quienes cumplan con los requisitos y sean de mayor edad.

Los docentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para entregar la información requerida en la plataforma.

¿Cómo hacer el trámite para obtener el pago de la Deuda Histórica?

  • Ingresar con rut y Clave Única al sitio web del listado de trámites digitales.
  • Verificar que los datos personales mostrados sean correctos y hacer clic en el botón “siguiente”.
  • Si la persona está en el Registro de Docentes Traspasados, se entregará información sobre el trámite.
  • Manifestar la voluntad de recibir el aporte. Esto solo puede ser realizado por el o la docente afectada.
  • Aceptar la declaración jurada que indique no haber recibido el pago de la asignación que generó la deuda histórica.
  • Aceptar la declaración jurada simple en que se indique la inexistencia de alguna demanda judicial en curso.
  • En el caso de existir un juicio o reclamación administrativa pendiente, podrá adjuntar la copia de solicitud de desistimiento al tribunal respectivo, pero el pago solo se podrá realizar cuando obtenga del tribunal la certificación de que se encuentra firme y ejecutoriado el desistimiento total de las acciones, el que podrá presentar hasta la fecha de corte para la entrega de información que permita ser considerado en el último período de pago (15 de junio de 2030).
  • Aceptar la declaración jurada de desistimiento de acciones judiciales futuras.
  • Las declaraciones tendrán un formato estándar y deberán ser aceptadas en la misma plataforma.
  • Las y los docentes recibirán un certificado de finalización de la solicitud una vez ingresados los antecedentes.

Paso a paso para acceder al aporte

¿Qué documentos debo presentar si no estoy en el listado de docentes traspasados?

Las y los docentes afectados que no son parte del registro de docentes traspasados del Mineduc tendrán que cumplir con los trámites anteriormente mencionados.

Además, será necesario subir a la plataforma los antecedentes que permitan determinar que fueron parte del proceso de traspaso de las escuelas públicas a la administración municipal, en el período 1980-1987.

De todos modos, el Ministerio revisará en todas las postulaciones el registro histórico de funcionarios para realizar dicha determinación. Por ello es que tener este tipo de antecedentes no es requisito para realizar la postulación.

¿Cuáles son los cupos para el pago de la Deuda Histórica?

Los cupos disponibles para pago de solución a la Deuda Histórica de profesoras y profesoras se distribuyen de la siguiente manera:

  • 2025: 15.560 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2025 y cuota 2 en enero de 2026.
  • 2026: 6.300 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2026 y cuota 2 en enero de 2027.
  • 2027: 6.000 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2027 y cuota 2 en enero de 2028.
  • 2028: 7.500 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2028 y cuota 2 en enero de 2029.
  • 2029: 6.800 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2029 y cuota 2 en enero de 2030.
  • 2030: 15.400 cupos con pago de cuota 1 en octubre de 2030 y cuotas 2 en enero de 2031.

Cabe recalcar que el aporte será transmisible por causa de muerte o si el profesor o profesora fallece entre la fecha en que presente la totalidad de los antecedentes que permitan dar cuenta que cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley para obtener el aporte y antes de percibirlo íntegramente.