El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio destinado a mejorar los ingresos de trabajadoras que cumplan con las condiciones establecidas por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).
El aporte está dirigido a mujeres que trabajan de forma dependiente o independiente y que forman parte del 40% de las familias más vulnerables de la población.
¿Cuándo se realizará el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer?
- De acuerdo con el calendario informado por el Sence, el pago anual del Bono al Trabajo de la Mujer para quienes postularon durante enero y febrero de 2026 será procesado y gestionado en agosto.
- La fecha corresponde al proceso de pago anual, que considera las rentas obtenidas durante el año anterior para determinar el monto definitivo que corresponde a cada beneficiaria.
¿Cuánto dinero entrega el Bono al Trabajo de la Mujer?
El monto del beneficio se determina según los ingresos de cada trabajadora y puede variar de acuerdo con la renta anual acreditada.
- De $1 a $678.028: Si la renta anual acumulada es de $3.390.139 o menos (a mayor ingreso, aumenta el monto).
- Cerca de $678.028: Si los ingresos del año están entre $3.390.139 y $4.237.674.
- De $678.028 a $1: Si acredita una renta anual de entre $4.237.674 y $7.627.812 (a mayor ingreso, el monto va disminuyendo).
¿Cuáles son los requisitos para recibir el beneficio?
Para acceder al Bono al Trabajo de la Mujer, las postulantes deben cumplir una serie de condiciones relacionadas con su edad, situación socioeconómica y actividad laboral:
- Tener entre 25 y 59 años y 11 meses.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables, según el Registro Social de Hogares.
- Trabajar como dependiente o independiente.
- Cumplir con los requisitos de renta establecidos para el periodo correspondiente.
- En el caso de las trabajadoras dependientes, mantener al día las cotizaciones previsionales y de salud.
- Las trabajadoras independientes deben acreditar su actividad y cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.
- No desempeñarse en instituciones del Estado ni en empresas privadas donde la participación pública sea superior al 50%.
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