Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026: estos son los montos para funcionarios públicos y pensionados

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Funcionarios públicos y pensionados recibirán durante septiembre el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026, cuyos montos y requisitos ya se encuentran establecidos por ley.

En el caso de los trabajadores del Estado, el aporte podrá alcanzar los $91.682, mientras que las personas pensionadas recibirán un monto base de $25.280, que aumentará por cada carga familiar acreditada.

¿Cuánto recibirá el sector público?

El monto dependerá de la remuneración líquida que le corresponda recibir al trabajador durante agosto de 2026:

  • $91.682: para quienes tengan una remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493.
  • $63.645: para quienes superen los $1.060.493 líquidos.

Para calcular ese ingreso se consideran las remuneraciones permanentes del mes, descontando impuestos y cotizaciones previsionales obligatorias. No se incorporan bonos o asignaciones vinculados al desempeño individual, colectivo o institucional.

El beneficio alcanza a funcionarios de los organismos contemplados por la legislación, entre ellos servicios públicos, municipalidades, Fuerzas Armadas, Carabineros, Policía de Investigaciones, Poder Judicial y distintos establecimientos de educación y salud financiados por el Estado.

Las personas que tengan la calidad de pensionadas al 31 de agosto de 2026 recibirán un aguinaldo base de $25.280.

La cifra aumentará en $12.969 por cada persona acreditada como carga familiar o maternal a esa misma fecha.

Por ejemplo, una persona pensionada con una carga familiar recibirá $38.249, mientras que otra con dos cargas obtendrá $51.218.

El pago será incorporado automáticamente en la pensión de septiembre, por lo que no será necesario efectuar una postulación. Además, el dinero no será tributable ni imponible y no estará sujeto a descuentos previsionales o de salud.

¿Qué pensionados pueden recibirlo?

Entre las personas beneficiarias se encuentran pensionados del Instituto de Previsión Social, ex cajas de previsión, Instituto de Seguridad Laboral y mutualidades de empleadores.

También pueden acceder quienes reciben pensiones de Dipreca o Capredena, beneficios de reparación de las leyes Rettig y Valech, pensiones de exonerados políticos y el Subsidio de Discapacidad.

Asimismo, corresponde a pensionados de AFP o compañías de seguros que reciban la Pensión Garantizada Universal, el Aporte Previsional Solidario o una pensión mínima con Garantía Estatal.

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