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Finalmente, y de manera transversal, se presentó la acusación constitucional contra la ministra Marcela Cubillos, de la que se dará cuenta en la Sala de la Cámara de Diputados el próximo martes.

Pese al afán de la oposición por mantener el texto del documento bajo silencio, La Tercera publicó este jueves el contenido de la acusación. Desde el oficialismo, en tanto, habían exigido que se transparentara para que la titular del Mineduc pudiera preparar su defensa.

El texto contiene 91 páginas y se divide en cinco capítulos. El primero de ellos dice relación con la “infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación a la vulneración del principio de Probidad, en su dimensión de falta de veracidad“.

Luego argumentan una “infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación al respeto y protección a la vida privada y la protección de sus datos personales, así como el principio de finalidad previsto en la ley Nº19.628 sobre protección de la vida privada”.

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El tercer capítulo corresponde a “no ejercer un control jerárquico permanente sobre los órganos sometidos a su dependencia a objeto de la adecuada implementación de la ley Nº 21.040, infringiendo los deberes de actuación consagrados en la Ley de Bases Generales de Administración del Estado, especialmente en materia de eficiencia, eficacia, y asimismo, coordinación”.

Otro de ellos la acusa de “haber dejado sin ejecución las leyes por la omisión del cumplimiento de las obligaciones ministeriales, particularmente, en materia de ejecución presupuestaria“.

“Es posible afirmar de forma categórica que existió una ejecución deficiente o inejecución del presupuesto asignado en la Ley de Presupuestos del año 2019, configurando de esa forma la causal de infracción o inejecución de las leyes”, se lee en el texto.

Y finalmente por la “infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación a la vulneración del principio de igualdad, consagrado en el artículo 19 N°2 de la constitución”.

El no pago de las menciones a las educadoras diferenciales, y la consecuente no resolución pese a la extensa movilización docente, ha sido contrario al principio de igualdad, en específico, a la no discriminación arbitraria”, señala el documento.

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