La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la sociedad Inversiones Agrícolas Buenos Aires SpA, confirmando así las sanciones impuestas por la Inspección del Trabajo por irregularidades previsionales y salariales en Malleco–Angol.
Según lo informado por el Poder Judicial, en un fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal determinó que la acción legal resulta improcedente debido a que la legislación excluye este arbitrio dentro de los procedimientos monitorios.
El origen del litigio se remonta a las infracciones cursadas a la compañía por el no pago íntegro de sueldos, omitir modificaciones contractuales por escrito y declarar de forma incorrecta las cotizaciones del seguro de cesantía.
Pese a que la empresa apeló para revertir la resolución dictada en junio por la Corte de Apelaciones de Temuco, los ministros desestimaron la revisión en virtud de los artículos 483, 483-A y 502 del Código del Trabajo.
“Del tenor de las disposiciones legales referidas, resulta que, en este tipo de materias, no procede el recurso de unificación de jurisprudencia”, concluyó el dictamen de la magistratura, dejando firmes los castigos económicos aplicados a la agrícola.
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