El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales cuatro disposiciones del proyecto de ley conocido como Escuelas Protegidas, iniciativa que ya había sido despachada por el Congreso.
Las normas objetadas apuntaban a medidas vinculadas a seguridad escolar, revisión de pertenencias, restricciones de vestimenta y eventuales sanciones para estudiantes condenados por delitos graves.
Tras conocerse la decisión, el ministro de Seguridad Pública, Martín Arrau, afirmó que el Gobierno respetará el pronunciamiento del tribunal.
“Nosotros creíamos que era buena idea que hubieran mayores atribuciones para la revisión de mochilas y otras cosas en los colegios. El Tribunal Constitucional tomó otra decisión y nosotros somos respetuosos de los fallos”, señaló.
1- Prohibición de acceder a gratuidad universitaria
Una de las disposiciones rechazadas establecía que estudiantes condenados por delitos graves no pudieran acceder al beneficio de gratuidad en la educación superior.
La norma formaba parte del paquete de medidas orientadas a reforzar consecuencias frente a hechos de violencia o delitos asociados a integrantes de comunidades educativas.
2- Aviso obligatorio a Carabineros o la PDI por negativa a revisar mochilas
Otro de los puntos objetados estaba relacionado con las inspecciones de mochilas y bolsos dentro de los establecimientos educacionales.
El proyecto permitía incorporar este tipo de revisiones en los reglamentos internos de los colegios, pero el TC cuestionó una parte específica de la norma.
Se trata de la obligación de los sostenedores de dar aviso a Carabineros o a la Policía de Investigaciones cuando un apoderado no acudiera al establecimiento luego de que un estudiante se negara a someterse a la revisión.
3- Revisión policial sin autorización previa del Ministerio Público
La tercera disposición declarada inconstitucional entregaba facultades a Carabineros y a la PDI para revisar ropa, mochilas y otras pertenencias de estudiantes dentro de establecimientos educacionales.
La medida podía aplicarse cuando existieran antecedentes que permitieran presumir la comisión o preparación de un delito.
Sin embargo, la norma permitía realizar esas diligencias sin requerir autorización previa del Ministerio Público, aspecto que fue rechazado por el Tribunal Constitucional.
4- Restricciones sobre vestimentas y accesorios
El cuarto punto objetado correspondía a modificaciones a la Ley de Subvenciones relacionadas con el uso de vestimentas y accesorios dentro de los recintos educacionales.
La iniciativa buscaba prohibir elementos que dificultaran la identificación facial de los estudiantes, además de prendas o accesorios vinculados a la promoción de la violencia, el consumo de drogas o conductas delictivas.
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