Este miércoles, la Corte Suprema desestimó el delito de femicidio en el caso de Isidora González Rojas, joven de 23 años que fue descuartizada en la comuna de Melipilla por Guillermo Atenas Cornejo, de 33 años, en agosto de 2017.
El pasado 4 de octubre, el tribunal condenó al sujeto a presidio perpetuo calificado, por el delito de femicidio, lo que equivale a 40 años de cárcel.
Sin embargo, el máximo tribunal acogió el recurso de nulidad que presentó la defensa de Atenas Cornejo, quedando absuelto del delito de femicidio y recalificó la condena por homicidio simple, reduciendo así la condena a 15 años de prisión, de acuerdo a lo consignado por BioBioChile.
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Mylene Muñoz, abogada del hombre condenado, explicó que la Corte concluyó que “nunca existió un tipo de convivencia, porque no existía un proyecto de vida en común, ni que tuvieran relaciones sexuales”, aludiendo que la relación que mantenía la víctima y su homicida era de “dos consumidores de drogas”.
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Esta conclusión contrasta con lo que se resolvió en primera instancia en octubre pasado. En esa ocasión, según recoge Ahora Noticias, el fallo fue celebrado por la fiscal de Alta Complejidad, Paola Zárate, quien indicó que “el Ministerio Público está conforme con la sentencia dictada por el tribunal (…) de acuerdo a lo que señaló el tribunal, se dio por establecido el concepto de convivencia, entre la víctima y el imputado“.
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