Foto: Agencia Uno

La Superintendencia de Salud impartió una circular que impide que las isapres discriminen a las personas transgénero y estableció multas que puedan alcanzar las mil UTM ($50 millones) para quienes incurran en dicha falta.

En el texto la entidad estipula que la identidad de género no es una enfermedad o condición de salud, por lo que no debe ser consultada, ni declarada, ya que ser transexual no está dentro de las preexistencias.

De este modo, el organismo modificó una circular de 2008 y otra de 2010, precisando que debido a lo anterior, la identidad de género “no debe declararse en el formulario de Declaración de Salud, ni tampoco la isapre puede exigirla”.

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La circular fue emitida luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago obligara a la Isapre Colmena a retirar la transexualidad de su lista de patologías, tras la denuncia de uno de sus afiliados quien había sido discriminado.

Luego de conocido el caso, el Movilh (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) se reunió con la Superintendencia de Salud, tras descubrir que otras cuatro Isapres incurrían en similares acciones.

Por eso, tras conocer la circular, el encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, manifestó que “esto es un avance histórico para la población trans, pues podrán acceder en igualdad de condiciones a todos los servicios ofrecidos por las isapres, lo cual garantiza la atención digna y el acceso igualitario a los procesos de readecuación corporal“.

Se termina así la transfobia en un tema muy sensible y relevante para toda persona, como es el acceso a la salud”, agregó.

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