La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra COPEC S.A. por el Terminal Marítimo de Quintero, tras superar límites de descarga de residuos líquidos.
La empresa es titular del establecimiento “Terminal Marítimo de Quintero COPEC”, ubicado en Camino Costero N° 111, sector El Bato, comuna de Quintero (Región de Valparaíso) y, de acuerdo a la SMA, la instalación está sujeta a “las obligaciones de control de residuos industriales líquidos (RILes) y su norma de emisión aplicable”.
Desde la Superintendencia señalaron que el terminal tiene un sistema de tratamiento de residuos líquidos que se generan en las actividades del terminal y también una planta de lubricantes, “cuyas descargas se efectúan al cuerpo de agua superficial de la bahía de Quintero mediante un emisario marítimo”.
La infracción que se le imputa a la empresa se basa luego de constatar el límite máximo permitido de volumen de descarga en su Programa de Monitoreo, que determina un caudal máximo por día.
Según el análisis de los informes de fiscalización y los reportes de autocontrol, “se constataron exenciones del límite de descarga en el mes de noviembre de 2023, y de manera continua durante los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2025″.
A ello se suma que durante agosto de 2025, a raíz de las superaciones de volumen, Copec “excedió la carga másica contaminante permitida para el parámetro Hidrocarburos Volátiles, registrándose una máxima de hasta un 382% sobre el límite autorizado”.
El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, señaló que “las exigencias fijadas en los programas de monitoreo de residuos líquidos son fundamentales para evitar la degradación de los ecosistemas marinos y proteger la bahía de Quintero, un área altamente sensible que además cuenta con una Norma Secundaria de Calidad Ambiental”.
Con la formulación de cargos, se busca que Copec “asuma de manera rigurosa los límites autorizados en sus instrumentos ambientales, adoptando las acciones técnicas o de infraestructura necesarias para corregir estas desviaciones de caudal y asegurar un desempeño transparente ante la comunidad y la institucionalidad”.
La infracción de la empresa está calificada como leve de acuerdo a la normativa. Este tipo de infracciones puede ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a $865.812.000.
Luego de la notificación de los cargos, Copec tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o 22 días hábiles para formular sus descargos.
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