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Esta jornada, el Senado aprobó por 38 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención el proyecto de Ley de Pensiones de Alimentos.

La iniciativa establece una modificación a la Ley N° 14.908 sobre el abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, en materia de responsabilidad parental y el pago efectivo de las deudas por pensiones de este tipo.

Asimismo, entre las medidas destacadas se  encuentra el establecer mecanismos efectivos para el cobro de pensiones de alimentos adeudadas, donde se facultará al tribunal competente el poder iniciar una investigación sobre el patrimonio activo del deudor en las cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario y en los instrumentos financieros o de inversión.

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En caso de que el deudor no tenga fondos o estos sean insuficientes para el pago de la deuda, la parte alimentaria podrá solicitar al tribunal que consulte a la administradora de fondos de pensiones correspondiente respecto a los saldos que el deudor mantiene en su cuenta de capitalización individual.

El proyecto deberá ser revisado en su totalidad por la Cámara de Diputadas y Diputados, y de aprobarse, quedaría lista para convertirse en ley.

“Estamos muy contentas de poder decir que dimos un nuevo paso gracias al respaldo transversal de la Sala y creemos que eso es expresión de que el trabajo legislativo que hicimos, fue en conjunto con toda la comisión de Mujer del Senado, con todas las senadoras mocionantes del proyecto a partir del cual se dio origen a esta iniciativa y esperamos que este mismo curso de unanimidad de acuerdo y de transversalidad en el apoyo pueda repetirse en la Cámara de Diputadas y Diputados”, señaló la ministra de la Mujer, Antonia Orellana.

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