La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sancionó a la empresa eléctrica ENEL con una multa por infringir la Ley de Electrodependientes durante la interrupción del suministro eléctrico ocurrida en agosto del año pasado en la Región Metropolitana.
En concreto, la SEC impuso una multa de 120 mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, más de $8.200 millones.
El organismo expuso que “llegó a la conclusión de que se incumplieron tres aspectos de la Ley de Electrodependientes: infracción a la obligación de entregar equipos de respaldo a los pacientes; ausencia de priorización en la reposición del servicio eléctrico; y fallas en los canales de atención preferente”.
En esa línea, detalló que se constató que los sistemas especiales de atención telefónica para personas electrodependientes colapsaron durante los días más críticos del evento, “impidiendo una respuesta rápida y efectiva a sus llamados”.
Según la SEC, se registraron más de 590 llamadas no atendidas, “sin que se habilitaran mecanismos alternativos eficaces”, y la plataforma telefónica de atención preferente “falló también en los momentos más críticos”.
Además, precisó que, a pesar de tratarse de un canal exclusivo para personas electrodependientes, sus llamadas fueron “derivadas a sistemas generales de atención, sin prioridad ni capacidad de respuesta. Entre el 1 y el 31 de agosto de 2024, se recibieron más de 5.400 llamados, de los cuales 2.900 no fueron atendidos”.
Por otro lado, se acreditó también que, al menos en un caso, una persona electrodependiente “falleció sin contar con suministro eléctrico ni con el equipamiento necesario para respaldar su dispositivo médico, permaneciendo más de dos días sin energía al momento de su deceso”.
La superintendenta de la SEC, Marta Cabeza, afirmó que “es relevante que las empresas eléctricas respeten la legislación vigente en materia de electrodependientes, pues estos pacientes requieren de la energía para sobrevivir. No estamos hablando de electricidad para ver TV o cargar un celular, sino de energía para poder seguir respirando, por lo que el cumplimiento debe ser mayor, y en este caso vimos que esta empresa no cumplió con aspectos relevantes de la ley”.
Finalmente, remarcó que esta sanción busca reforzar la obligación de las empresas distribuidoras de actuar con diligencia, anticipación y responsabilidad frente a contingencias que puedan afectar la seguridad de las personas, especialmente cuando están en juego condiciones médicas que requieren un suministro eléctrico continuo.
Lo más leído
- La visita de León XIV a Argentina será la primera de un papa en casi 40 años: El último fue Juan Pablo II en 1987
- Panoramas gratuitos por el Día de la Niñez este 8 y 9 de agosto en Puente Alto, La Florida, Renca, Estación Central y La Pintana
- Panoramas gratuitos por el Día de la Niñez en Providencia: Pato Gigante, La Aldea de los Sueños y ProviKids este 8 y 9 de agosto
- Oficialismo presiona a Kast con carta y la presentación de una nueva bancada para lograr indultos a uniformados por el estallido social
- IPSA sigue sobre los 11.000 puntos y cierra con sus mejores números desde abril tras positivos resultados corporativos del segundo trimestre