La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad y confirmó la condena de siete años de presidio efectivo contra el exoficial de Carabineros, Pablo Andrés Carvajal Díaz, como autor de apremios ilegítimos calificados.
Según lo informado por el Poder Judicial, el tribunal ratificó el fallo por los hechos ocurridos en octubre de 2019 en el centro de Santiago, donde el uniformado provocó una lesión ocular a la víctima tras disparar una escopeta antidisturbios fuera del marco reglamentario y sin que mediara agresión previa.
La Octava Sala desestimó aplicar la Ley 21.560 de legítima defensa privilegiada. La resolución determinó que dicha hipótesis es inviable debido a que “al momento de los hechos no existía ninguna agresión ilegítima“, requisito obligatorio para el uso de la fuerza.
El tribunal acreditó que el imputado actuó con dolo directo, efectuando un segundo disparo por la espalda a corta distancia luego de herir al afectado.
Asimismo, los ministros descartaron una infracción al principio de congruencia por la diferencia entre la distancia del disparo acusada y la acreditada.
El fallo aclaró que la variación “carece de la aptitud y suficiencia como para vulnerar el derecho a defensa”, dado que la misma defensa probó que el tiro se ejecutó a 13,9 metros y no a la distancia menor estimada originalmente.
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