Como cada año, las instituciones financieras tienen el denominado “feriado bancario”.
Esta jornada de descanso es el último día festivo del año, aunque solo es aplicable para los trabajadores de dichas entidades.
En su artículo 38, la Ley General de Bancos establece que “los bancos no atenderán presencialmente al público los días sábado de cada semana y el día 31 de diciembre de cada año. En ningún caso deberán considerarse esos días como festivos o feriados para los efectos legales, excepto en lo que se refiere al pago y protesto de letras de cambio”.
Sin embargo, este año el 31 de diciembre cae día domingo, es decir, los usuarios no notarán diferencias en el servicio ya que los bancos no abren al público durante ese día.
De todas maneras, el feriado no se traslada al caer domingo, por lo que no habrá cambios de atención al cliente este viernes 29 de diciembre ni el martes 2 de enero -último y primer día hábil del mes, respectivamente.
Lo más leído
- Landerretche critica a Azul Azul por auspicio de casas de apuestas: "No podemos tener asociado un símbolo que es propiedad del Estado a una marca ilegal"
- Presidente Kast adelanta plan de emergencia laboral en reunión con el oficialismo ante aumento de desempleo
- Óscar Landerretche y el momento económico: "Hubo un error estratégico del gobierno al enfatizar señales contractivas"
- Fiestas Patrias 2026: Huechuraba destrona a Antofagasta y bate récord del pebre más grande de Chile
- Daniel Mansuy por el 11 de septiembre: “Las derechas creen que ignorando las fechas importantes, ellas dejarán de existir”