Sin anuncios ni ceremonia oficial fue promulgada la Ley de Educación Superior que, entre otras cosas, consagra la gratuidad universal, y establece la acreditación como requisito para los recintos universitarios.
Desde la oposición, criticaron la falta de difusión por parte del Ejecutivo.
La normativa contempla un plazo para que las universidades adscritas a la gratuidad definan a más tardar el 29 de julio si se manienen o se retiran de este sistema.
Hasta el momento, la gratuidad llegaba hasta el 6° decil, pero la ley ahora propone cambios arancelarios para los que no tienen gratuidad de los deciles del séptimo al noveno.
En el caso del séptimo y octavo, los estudiantes sin gratuidad no podrán pagar más del 40%, mientras que en el noveno el cobro no podrá superar el 60%.
La ley también fija el plazo de un año para el nombramiento del superintendente de Educación Superior y de la planta del organismo.
De la misma forma, se crea la Subsecretaría de Educación Superior, que tendrá una división encargada de las universidades y otra de la educación técnico-profesional de nivel superior.
Otro de los puntos a destacar es la exigencia para que las instituciones consigan -o estén en vías de hacerlo- la acreditación. Aquellas que no lo cumplan, deberán cerrar. Esto corre desde el 1 de enero de 2020.
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