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Todo comenzó el 2015, cuando la revista Qué Pasa publicó un reportaje titulado “Un negocio Caval”. Involucrada estaba Natalia Compagnon, nuera de la entonces Presidenta Michelle Bachelet.

De ahí comenzó un duro asedio contra la familia presidencial: el hijo de la exmandataria, esposa de Compagnon, Sebastián Dávalos, renunció ocho días después a la Dirección Sociocultural de La Moneda.

La trama

La obtención de un crédito con el Banco de Chile por 6.500 millones de dólares para comprar terrenos en Machalí, que se valorizarían con un cambio al plan regulador que nunca se concretó. Ahí despertaron, incluso, dudas sobre la existencia o no de un tráfico de influencias.

Al año siguiente, el SII presentó una querella acusando la presentación de declaraciones de impuestos maliciosamente falsas con un millonario perjuicio fiscal. 

Finalmente, después de tres años de la publicación original y una serie de diligencias de parte del Ministerio Público, Natalia Compagnon fue condenada el pasado 11 de julio por delito tributario.

En aquella ocasión, acusó que “estas fueron maniobras mañosas de un sector de la sociedad para desestabilizar a un gobierno”.

Todavía manifiesta que es inocente.

La sentencia

La Fiscalía pedía cuatro años para Compagnon, más una multa que llegaba a los 237 millones de pesos por el perjuicio al Fisco. Sin embargo, la justicia dijo otra cosa.

541 días de presidio menor en su grado medio y una multa de 23 millones de pesos como autora de delito tributario entre los años 2013 y 2014, dictó el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua.

¿Habrá cárcel?

No. En Chile cuando las penas son menores a 3 años pueden ser objeto de remisión condicional. 

Esto quiere decir, -según el artículo 3° de la Ley 18.216, que establece las penas sustitutivas a las privativas de libertad- que se cambia la cárcel por “la discreta observación y asistencia del condenado ante la autoridad administrativa durante cierto tiempo”. Dicha autoridad es Gendarmería.

Para la sustitución de la pena ocurra, la sentencia no debe exceder a los 3 años y el culpable debe tener irreprochable conducta anterior.

Así, el tribunal establece un período de observación no inferior a la duración de la pena, que puede ser de un mínimo de un año y un máximo de tres.

En dicho período, y según el artículo 4° del cuerpo legal, el condenado tiene que cumplir:

  • con la residencia en un lugar fijo e identificado
  • estar sujeto al control administrativo y la asistencia de Gendarmería
  • estudiar o realizar un trabajo remunerado
  • pagar las multas dictadas en la sentencia.

Todos los requisitos, de acuerdo al Tribunal, son cumplidos por Compagnon para que pueda acceder a la remisión condicional de la pena. Así lo dijo el juez:

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