La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección y ordenó a una mujer eliminar publicaciones en Facebook, Instagram y Threads donde denunciaba a su expareja por deudas de pensión de alimentos.
Según lo informado por el Poder Judicial, el tribunal determinó que ventilar disputas familiares y económicas —iniciadas en abril de 2026 y reiteradas en junio del mismo año— vulnera el derecho a la honra y a la vida privada garantizado en la Constitución.
En fallo unánime, la Tercera Sala resolvió que los conflictos por pensiones alimenticias deben tramitarse exclusivamente en los juzgados de familia y no mediante el reproche público.
El dictamen subrayó que los mensajes difundidos “configuran actos que buscan denostar al recurrente exponiéndolo socialmente“, por lo que incurren en una conducta ilegal.
Asimismo, el tribunal desestimó la defensa de la recurrida sobre el retiro voluntario de parte de los mensajes, al no acreditarse un borrado íntegro y definitivo.
Por ello, la justicia le prohibió de forma taxativa reiterar la difusión de antecedentes personales o financieros del afectado en plataformas digitales.
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