Este miércoles el Ministerio de Salud dictó una resolución que aclara qué se entiende por “población que vive en Chile” y quiénes pueden acceder a la vacuna contra el COVID-19.
Esto a raíz de un reportaje emitido en Perú que recomienda viajar al país para inocularse.
El documento establece que debe cumplir uno de los siguientes requisitos para poder acceder a la vacuna:
- Tener nacionalidad chilena
- Tener permanencia definitiva
- Tener visa de residente
- Tener visa de estudiante
- Tener visa sujeta a contrato
- Haber ingresado una solicitud de visa temporal o definitiva
Lee también: Tras reportaje peruano: Paula Labra descarta que turistas puedan vacunarse contra el COVID-19 en Chile
De este modo, el texto establece que, en base a lo anterior, se excluye “a aquellos que están transitoriamente en el país exclusivamente con una visa de turista”.
El canciller, Andrés Allamand, añadió que tampoco podrán inocularse los extranjeros que se encuentren en Chile “como turistas pero que vengan de un país a los que no se les exige visa”.
Finalmente, tampoco podrán hacerlo “los extranjeros que se encuentren en una situación irregular que no hayan iniciado los trámites de una visa temporal o definitiva”.
Lee también: Sexta jornada de vacunación: Este miércoles les corresponde a adultos mayores entre 75 y 77 años
Lo más leído
- Universidad Austral sanciona a cuatro estudiantes por agresión a ministra Lincolao
- PPD lanza consulta digital “PPD Escucha” para iniciar proceso de renovación interna tras elección de nueva mesa directiva
- La ciencia sale en defensa de los chistes malos de papá: Podrían fortalecer el vínculo con los hijos
- Wulf aclara que niños haitianos ubicados por municipios “no necesariamente corresponden” a nómina de Contraloría
- Cancillería nombra a Marco Antonio Aguayo como embajador en Misión Especial en Haití tras crisis de niños desaparecidos