Este sábado se publicó en el Diario Oficial la modificación a la Ley General de Pesca y Acuicultura, con la cual se modifica la extracción de jibia en el país.
“La especie Dosidicus gigas o jibia solo podrá ser extraída utilizando potera o línea de mano como aparejo de pesca. Se prohíbe cualquier otro tipo de arte o aparejo de pesca”, señala la norma.
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El documento continúa: “Los armadores que infrinjan el presente artículo serán sancionados con multa de 500 unidades tributarias mensuales y el comiso de las especies hidrobiológicas y de los productos derivados de estas”.
La norma entraría en vigencia en seis meses más, por lo que tendría fuerza jurídica desde agosto de este año.
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