Agencia Uno

Esta mañana, el ministro de Transporte, Juan Carlos Muñoz, compareció ante la Comisión de Transportes del Senado para informar a los parlamentarios sobre las últimas modificaciones implementadas en la Ley N.º 21553, que regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten.

La normativa actualmente se encuentra en proceso de revisión en Contraloría.

Durante su intervención, Muñoz detalló algunos ajustes clave realizados por el Gobierno en el reglamento de la ley, una de ellas fue la revisión de la cilindrada requerida para los vehículos, que en la versión anterior establecía un mínimo de 1,4 litros. Ahora, la normativa indica que podrá ser de “1,4 litros o su equivalente”.

El titular de la cartera explicó que esta flexibilización se debe a la diversidad de vehículos de combustión interna con cilindradas ligeramente inferiores pero con potencia similar.

En cuanto a la antigüedad de los vehículos para su primera inscripción, la nueva normativa establece que podrán tener hasta un año de antigüedad, eliminando la restricción anterior que exigía que fueran nuevos.

Respecto a los vehículos actualmente en operación con aplicaciones de transporte, el ministro informó que la exigencia inicial de una antigüedad máxima de 7 años ha sido ajustada a 10 años.

Muñoz también abordó el congelamiento en las inscripciones que entrará en vigencia con la implementación de la ley, posiblemente a finales de año, aclarando que solo afectará a los conductores, en contraste con la disposición inicial que involucraba tanto a conductores como a vehículos.

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