La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Ministerio de Educación (Mineduc) pronunciarse en un plazo máximo de cinco días respecto a la solicitud de pago de la denominada “deuda histórica” ingresada por el profesor jubilado Carlos Eduardo Muñoz Rodríguez.
El tribunal unánimemente acogió un recurso de protección al establecer que la institución pública incurrió en una dilación arbitraria al postergar el trámite por más de un año, quebrantando el derecho constitucional de igualdad ante la ley.
La cartera de Educación justificaba su retraso argumentando que existía un litigio civil pendiente entre el docente y la Municipalidad de Chillán, lo que según la Ley N°21.728 impediría otorgar el beneficio.
No obstante, la Séptima Sala del tribunal constató que dicha causa era en realidad una demanda de la propia municipalidad del año 2017 por el cobro de una patente comercial de $99.035, la cual nunca se notificó y figura archivada desde 2018, descartando que corresponda a un reclamo por la asignación docente.
El dictamen concluyó que el retraso administrativo no puede ampararse en un juicio ajeno e inconcluso que el afectado ignoraba.
Por ello, la magistratura mandató al Mineduc a dictar su resolución de forma obligatoria una vez ejecutoriada la sentencia, decretando además que la acción judicial se aprueba sin costas para las partes.
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