La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó un fallo que desestimó la demanda colectiva de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) contra Metro SA por la caducidad de las cuotas de transporte de la tarjeta Bip!.
Según lo informado por el Poder Judicial, la decisión unánime de la Tercera Sala del tribunal confirmó la sentencia dictada por el Décimo Juzgado Civil de Santiago, descartando infracciones a la ley de protección de los derechos de los consumidores.
El tribunal determinó que la pérdida de vigencia del saldo responde a una regulación sectorial de la autoridad y no a un ilícito de la empresa.
El fallo sostiene que “la mera existencia del mecanismo de caducidad, diseñado por la autoridad sectorial y aplicado de forma general, no permite configurar, por sí sola, un ilícito de consumo imputable a METRO“.
La resolución judicial descartó además una compensación civil por no acreditarse un daño colectivo ni un actuar arbitrario de la firma de transportes.
Los ministros concluyeron que Metro cumplió los estándares informativos y que los reparos de la organización demandante apuntan al diseño del marco legal vigente y no al desempeño del proveedor.
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