Evasores del transporte público arriesgan bloqueo de pasaporte y prohibición de ingreso a estadios

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Evasores del transporte público arriesgan bloqueo de pasaporte y prohibición de ingreso a estadios

La Contraloría General de la República tomó razón del decreto promulgatorio de la Ley N°21.816, que aumenta la fiscalización y endurece las sanciones contra quienes evadan el pago de la tarifa en el transporte público.

La norma, impulsada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), introduce cambios a la Ley de Tránsito para mejorar el control del pago en buses y otros servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

Entre las nuevas medidas, los infractores podrán ser inscritos en el Registro de Pasajeros Infractores, lo que podría derivar en restricciones como el rechazo de solicitudes o renovaciones de pasaporte y la prohibición de ingreso a espectáculos de fútbol profesional.

Ingreso por la puerta delantera y tarifa recargada

La ley establece que los pasajeros solo podrán ingresar al bus por la puerta delantera, salvo en aquellos casos en que el MTT lo permita expresamente.

Quienes suban por una puerta no autorizada podrán ser presumidos como evasores y arriesgar sanciones.

Si se constata el no pago de la tarifa, Carabineros, inspectores fiscales y municipales deberán requerir el pago de una tarifa recargada.

En caso de que el pasajero se niegue a pagar, deberá abandonar el vehículo. Además, sus antecedentes serán informados a la Subsecretaría de Transportes para iniciar el respectivo procedimiento sancionatorio.

Restricciones para pasaporte y acceso a estadios

Una de las medidas más relevantes de la nueva ley apunta a las personas inscritas en el Registro de Pasajeros Infractores.

En el caso de los espectáculos de fútbol profesional, se prohibirá la venta de entradas y el ingreso a recintos deportivos a quienes mantengan inscripción vigente en dicho registro.

Para ello, el Ministerio de Transportes deberá remitir periódicamente al Ministerio de Seguridad Pública la nómina de infractores, con el fin de que esa información sea incorporada al registro de personas con prohibición de ingreso a recintos deportivos.

La norma también establece que el Servicio de Registro Civil e Identificación deberá consultar en línea si una persona que solicita o renueva su pasaporte figura en el Registro de Pasajeros Infractores.

Si aparece con inscripción vigente, el organismo deberá rechazar la solicitud en el acto.

Fiscalización del mal uso de beneficios

La ley también incorpora medidas para enfrentar el uso indebido de mecanismos que permiten acceder al transporte público con rebajas o exenciones tarifarias.

Carabineros, inspectores fiscales y municipales, personal autorizado de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, sus filiales y Metro S.A. podrán fiscalizar estos casos.

Cuando se detecte un uso indebido, se deberá solicitar la inutilización del beneficio, efectuar la denuncia respectiva y, si corresponde, retener el instrumento utilizado.

Además, los beneficios quedarán inutilizados y su titular será anotado en el Registro de Usuarios. Frente a una segunda anotación, la rebaja o exención tarifaria podrá suspenderse por un período de entre uno y dos años.

Con la toma de razón del decreto promulgatorio, la ley queda en condiciones de avanzar hacia su publicación y entrada en vigencia, reforzando las herramientas de fiscalización contra la evasión en el transporte público.

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