La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó unánimemente el reclamo de ilegalidad interpuesto por AVLA Seguros de Crédito y Garantía SA contra la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Según lo informado por el Poder Judicial, el tribunal desestimó los cuestionamientos de la empresa hacia las instrucciones particulares del regulador sobre la constitución de sus reservas técnicas.
La Séptima Sala ratificó que la institución actuó bajo sus competencias legales para resguardar el interés público, revocando una orden de no innovar previa.
El fallo descartó los siete argumentos de la firma, que acusaban incompetencia, desviación de poder y trato desigual por el secreto del proceso.
El tribunal determinó que la reserva del procedimiento se justifica para no afectar la confianza en la solvencia de la aseguradora.
También validó la delegación de firmas de la CMF y rechazó la vulneración de la confianza legítima, afirmando que la ausencia de reclamos previos no valida una metodología incorrecta.
Sobre las pólizas de garantía a primer requerimiento, los ministros establecieron que AVLA debe pagar inmediatamente el monto reclamado sin oponer excepciones.
De este modo, el dictamen confirmó que la CMF posee atribuciones para exigir que las reservas contables reflejen fielmente estas obligaciones inmediatas, de acuerdo con el Código de Comercio.
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