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La Corte Suprema confirmó la sentencia contra la municipalidad de Lo Prado por el caso de discriminación arbitraria sufrido en agosto de 2017 por la ciudadana haitiana Joane Florvil. 

La decisión fue adoptada de forma unánime ante un recurso interpuesto por el municipio que apelaba a la decisión.

De esta forma, la condena obliga al municipio de Lo Prado a pagar una multa a beneficio fiscal de 5 UTM (alrededor de $250.000) y a capacitar a los funcionarios en la atención de ciudadanos extranjeros que concurran a las dependencias municipales.

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“La persona natural que cometió el acto calificado como discriminatorio en la sentencia es un empleado subcontratado precisamente por la municipalidad sancionada”, indica la sentencia.

El texto agrega que, en base a lo anterior, “no se observa infracción a lo dispuesto en el artículo 12, toda vez que éste dispone que la multa se aplique al directamente responsable del acto u omisión, como ha ocurrido en la especie; por lo que sólo cabe concluir que el recurso carece manifiestamente de fundamento“.

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El caso se remonta a agosto de 2017, cuando Florvil murió luego de estar un mes detenida y ser acusada de abandono de menores.

La mujer había acudido al Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria de la municipalidad de Lo Prado, donde solicitó en créole a un guardia que cuidara a su hija de menos de un año durante unos minutos, debido a que su marido había sufrido un robo.

La municipalidad dio aviso a Carabineros, que detuvo a la mujer, mientras la niña fue ingresada a un centro de Sename. Dos meses después, cuando ella había fallecido, un tribunal la sobreseyó de forma póstuma.

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