La Corte de Apelaciones de Santiago anuló las visitas conyugales y videollamadas a reos del Recinto Penitenciario Especial de Alta Seguridad (Repas) que autorizó el juez Daniel Urrutia en enero pasado.
De forma unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada estableció que el magistrado otorgó los permisos en el marco de una visita semanal de cárcel, actuó al margen de su competencia y atribuciones.
¿Qué dice al fallo?
El dictamen de la Corte dice, en primer lugar, que se revoca la resolución apelada el 25 de enero pasado, respecto al dictamen en audiencia del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la cual mantuvo la decisión de autorizar visitas a cuatro internos mediante la realización de videollamadas con terceras personas, además de acceder a la visita íntima solicitada por Rafael Marín Vielma, y en su lugar se decide que se dejan sin efecto estas autorizaciones y desestimándose las peticiones efectuadas por los privados de libertad.
Además, se anuló de oficio el fallo en revisión en lo que respecta a los dos internos a quienes se les autorizaron visitas mediante la realización de videollamadas con terceros, por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, invalidándose así tales permisos.
“Atendidas las irregularidades antes evidenciadas, remítanse los antecedentes al Tribunal Pleno, para los fines pertinentes”, agregó.
La decisión de la Corte de Apelaciones se suma a la negativa que había expuesto Gendarmería respecto al dictamen del juez.
De este modo, el tribunal acogió el recurso de apelación interpuesto y dejó sin efecto las resoluciones dictadas por Urrutia.
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