En fallo dividido, la Corte Suprema ratificó la sentencia que condena a Francisco Luzoro Montenegro a 20 años de presidio en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de cuatro personas.
Estos ilícitos fueron perpetrados el día 18 de septiembre de 1973, resultando asesunados Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quinteros, Orlando Enrique Pereira Cancino y Pedro Luis Ramírez Torres.
Además, el máximo tribunal reafirmó el delito frustrado de homicidio calificado contra Alejandro del Carmen Bustos González.
Luzoro Montenegro era entonces presidnete del Sindicato de Dueños de Camiones de Paine, gremio que colaboró en el transporte de los cuatro detenidos hacia la localidad de Colipeumo, donde fueron posteriormente fusilados.
Tras la acogida del recurso de casación, el Estado deberá pagar una indemnización total de $2.210.000 a los familiares de las víctimas.
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