La Comisión Especial de la Mujer y Equidad de Género del Senado analizó este miércoles la ley sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, que contiene una serie de medidas en esta materia.

La instancia aprobó las indicaciones contenidas en el proyecto, que entre otras cosas, propone considerar como violencia intrafamiliar (VIF) la violencia económica en contra de las mujeres; unificar el pago mensual de las pensiones de alimentos en UTM; y crear el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

En la instancia, uno de los temas en que se profundizó fue el inciso que establece que las conductas ejercidas en contexto de relaciones afectivas o familiares que tengan como objeto la vulneración de la autonomía económica de la mujer, patrimonial o subsistencia económica de la familia serán constitutivas de violencia intrafamiliar. 

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De este modo, se propone la figura de violencia económica contra la mujer, que incluye el incumplimiento reiterado de pensiones de alimentos, y tendrá sanciones en los tribunales de familia.

Además, se indica que “el que, estando obligado al pago de pensiones de alimentos, y con el objeto de menoscabar o controlar la posición económica de la mujer, incumpliere reiteradamente el pago de la pensión de alimentos, será sancionado con las penas del artículo 14 de esta Ley”.

“En este caso, se entenderá que existe un incumplimiento reiterado la permanencia por más de 120 días en el registro de deudores de pensiones de alimentos”, añade.

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De este modo, quien incumpla con los pagos respectivos puede arriesgar penas de entre 61 días hasta 3 años y 1 día de reclusión(presidio menor en su grado mínimo a medio). Sin embargo, se aclaró que esto siempre será considerado como “última ratio”.

El texto ahora deberá ser analizado por la Comisión de Hacienda, para que se pronuncie sobre las normas de su competencia, y luego pasará a su discusión en la Sala.

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