La tarde de este jueves, la comisión de Ética de la Convención Constitucional aprobó que los constituyentes tengan prohibido tener un trabajo remunerado adicional al órgano redactor.
De este modo, la letra K del artículo 25 del reglamento de la instancia fija parámetros que deberán cumplir los 155 integrantes de la entidad. Sin embargo, esto deberá ser visado por el pleno para que se convierta en norma general.
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La comisión también aprobó una excepción de la medida para aquellos constituyentes que cumplan labores de docente. Sin embargo, estos deberán limitar dichas funciones a ocho horas semanales y fuera del horario laboral.
Se acaba de aprobar en ética la prohibición de tener un trabajo remunerado adicional al de convencional constituyente, con excepción de labores docentes las que se limitan a 8 horas semanales y fuera del horario laboral.
— Francisca Arauna, abogada en Derecho Fácil (@FranciscaArauna) August 19, 2021
El coordinador de la comisión de Ética de la Convención, Marcos Barraza, señaló que, como constituyentes, “hemos sido mandatados a redactar una Constitución en un breve plazo que es un año, por tanto, toda la dedicación y los esfuerzos debiesen estar puestos precisamente en la redacción de la Convención Constituyente“.
“Pero también lo que se normó el día de ayer es ajustarnos a plenitud a la exigencia que hoy día establece la ley, en el sentido de no tener participación en sociedades económicas, accionarias, es decir, evitar conflictos de intereses con la cuestión pública, con la función pública, con el interés público“, afirmó.
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