CNN Chile recibe dos nominaciones al Premio Periodismo de Excelencia 2024 en la categoría Entrevistas
Una entrevista al exministro Luis Cordero y al juez de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus, fueron las dos piezas destacadas.
A pesar que el club había señalado que no necesitaba autorización para realizar las obras, el máximo tribunal determinó lo contrario.
El Club Palestino sufrió un revés judicial ante la Corte Suprema luego que el tribunal le diera un espaldarazo a la Municipalidad de Las Condes, quienes habían paralizado obras al interior del estadio.
Según lo señalado por Diario Financiero, la situación comenzó hace aproximadamente un año, luego que la institución determinara mover sus canchas deportivas con vista a la calle acusando situaciones de acoso y agresiones verbales por parte de las personas que pasaban cerca del lugar.
Luego de algunos días de trabajo, la municipalidad ordenó la paralización de las obras señalando que el Club Palestino no contaba con los permisos correspondientes.
El conflicto siguió escalando, dado que el club presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago contra la Dirección de Obras Municipales de Las Condes. En esto, argumentaban que las obras no se trataban de edificación ni urbanización, por lo que no requerían la autorización municipal.
A raíz de todo lo anterior, la municipalidad recurrió ante la Corte Suprema, tribunal que estimó que se debe obtener un permiso municipal para cualquier obra que conlleve la construcción de algún elemento estructural.
Para este caso, se requería la autorización de obras como traslado de postes de iluminación, muros de contención y cierres perimetrales, obras que se llevaron a cabo dentro del estadio.
El máximo tribunal apuntó a que la Dirección de Obras Municipales tenía facultades para fiscalizar el cumplimiento de la normativa.
Además, sentenció que en caso que existe un incumplimiento reiterado por parte del Club Palestino, también puede recurrir al Juzgado de Policía Local.
A través de un comunicado, el abogado del Club Palestino, Carlos Pereira Jadue, señaló que “la interpretación es errónea, toda vez que ésta no se pronuncia respecto de la legalidad de la resolución que ordena la paralización de las obras decretada por la Dirección de Obras Municipales (DOM). Este fallo de la Corte Suprema no ha resuelto sobre la legalidad de la resolución de paralización y es gravísimo que la Ilustre Municipalidad de Las Condes pretenda hacer creer lo contrario”.
“Es una acción de emergencia, cuyo objeto es exclusivamente verificar si existe una vulneración al derecho a desarrollar una actividad económica. La Corte Suprema no resolvió que la paralización fuera legal, ni que no vulnerara el derecho de propiedad o el debido proceso, ni mucho menos que se ajustara a derecho. Simplemente estableció que la resolución, en sí misma, no constituía una vulneración de la garantía reconocida en el Artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República”, aseguró.
En esa línea, recalcó que la municipalidad “está tratando de distorsionar la realidad y presentar un fallo que no resuelve la legalidad de la paralización, como si fuera un respaldo a su actuar. Lo que estamos viendo es un intento desesperado de la Municipalidad de Las Condes por maquillar la ilegalidad de su actuar, tratando de instalar en la opinión pública que la Corte Suprema avaló su decisión, cuando en realidad no resolvió acerca de la legalidad de la resolución de paralización“.
Una entrevista al exministro Luis Cordero y al juez de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus, fueron las dos piezas destacadas.