Agencia UNO

La jornada de este lunes, tras 98 días de negociación, los partidos políticos con representación parlamentaria firmaron el “Acuerdo por Chile“, un documento que compromete la habilitación de un nuevo proceso constituyente.

En el texto, se establecieron doce “bases constitucionales” a modo de márgenes para la propuesta que elaborará el Consejo Constitucional, compuesto por 50 integrantes electos y 24 expertos designados por el Congreso.

  1. Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en su pueblo.
  2. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.
  3. La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.
  4. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.
  5. Chile es un Estado social y Democrático de Derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales; y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal; y a través de instituciones estatales y privadas.
  6. Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.
  7. Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí:
    • Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con una iniciativa exclusiva en el gasto público.
    • Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas.
    • Poder Legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputadas y Diputados, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.
  8. Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.
  9. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida; la igualdad ante la ley; el derecho a la propiedad de sus diversas manifestaciones; la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.
  10. Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil, la existencia de las Fuerzas Armadas; y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones.
  11. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: estado de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.
  12. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.

Revisa el “Acuerdo por Chile” completo:

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