El abogado y profesor de Derecho Civil de la Universidad Bolivariana, Augusto Cavallari, contó que el procedimiento ordinario permite la posibilidad de tener una salida alternativa que “depende de la voluntad del Ministerio Público”, quien se la “jugó” por obtener la suspensión condicional pero uno de los querellantes a través de sus abogados “dedujo” el recurso de apelación contra la medida.
Cavallari explicó que a los imputados se les está acusando por el “delito de colusión” pero que está mal empleada la palabra porque el concepto de colusión corresponde a “los que fraudulentamente consideran alterar el precio natural del trabajo, género, mercadería u otra contratación” la cual no tiene una pena mayor que “presidio menor en su grado mínimo” la que se cumple en libertad.
A juicio del abogado, el Ministerio Público en el Caso Farmacias habría optado por una figura penal “que no tiene una mayor trascendencia desde el punto de vista de la sancionalidad”, lo que le parece “un tipo penal suave” y que no calzaría con los hechos, sino que se debería aplicar “un tipo penal que corresponda a los hechos”, pero “que se debió considerar como estafa”.
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