Por Matías Walker
Foto: Agencia Uno

El presidente Sebastián Piñera ha ratificado que el gobierno recurrirá al Tribunal Constitucional contra el texto aprobado por la Cámara de Diputados que estableció el derecho de los afiliados a las AFP a un tercer retiro de fondos previsionales, como también el derecho de los pensionados bajo el sistema de rentas vitalicias a requerir de las compañías de seguros a las que se afiliaron un anticipo de un 10% de dichos pagos futuros.

La indicación aprobada, como sabemos, surgió de un acuerdo de la diputada Pamela Jiles con diputados de Renovación Nacional: vale decir, la misma fórmula de artículo transitorio que ya fue rechazada por el Tribunal Constitucional. Para conseguir un resultado distinto habíamos intentado una fórmula distinta: que a través de modificaciones, al articulado permanente de la Constitución -que no es lo mismo que un retiro permanente, como muchos confundieron-, se estableciera la iniciativa expresa al Congreso para, mediante reforma constitucional, autorizar el retiro de fondos previsionales bajo estado de catástrofe.

La fórmula, que conversamos con destacados profesores de derecho constitucional como Tomás Jordán y Patricio Zapata, tenía un sentido jurídico evidente, y es que durante el estado de excepción constitucional de catástrofe, el presidente de la República y el Congreso Nacional comparten de alguna manera el poder: a grado tal que la máxima autoridad de la nación requiere la autorización del poder legislativo para renovar esta declaración. Ello puede justificar, como contrapartida, que en ejercicio del poder constituyente derivado que la actual e hiper presidencialista Constitución le otorga también al Congreso, éste pueda proponer (excepcionalmente) tal retiro de fondos a los afiliados.

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El desenlace de nuestra indicación, que fuera aprobada en la Comisión de Constitución, fue su rechazo en sala, al no haber alcanzado el quorum de 92 votos requeridos. Lo anterior debido a que, si bien diputados de Chile Vamos entendían que ésta era una inteligente fórmula para sortear con éxito el Tribunal, finalmente no dieron sus votos para ratificarla en sala, pues advertían en público y en privado que para el ejecutivo era menos perjudicial la aprobación de una norma transitoria, como la que finalmente prosperó.

A mi juicio pecaron de ingenuos, ya que tan pronto se votó favorablemente la norma transitoria, del acuerdo Jiles–RN, el ministro Ossa planteó formalmente la reserva de constitucionalidad del ejecutivo, lo que fue ratificado por el propio presidente Piñera a la mañana siguiente, advirtiendo que tenía la obligación constitucional de hacerlo, olvidando de paso que no ejerció tal facultad cuando despachamos en sede legislativa el primer retiro del 10%, iniciativa de Ximena Rincón en el Senado y de Jaime Mulet en la Cámara.

Pero a pesar de todas estas contradicciones, de unos y otros, logramos al menos aprobar la indicación que junto a los diputados Marcos Ilabaca, Leonardo Soto y Raúl Soto habíamos logrado incorporar en la Comisión de Constitución, agregando en el texto transitorio aprobado la frase inicial de que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65 inciso cuarto numeral 6 de la Constitución, referente a la iniciativa exclusiva del presidente de la República en proyectos de ley relativos a la seguridad social, se otorgaba al Congreso la facultad de permitir el retiro de fondos previsionales mediante una reforma constitucional. Como una coincidencia del destino, logramos aprobar nuestra indicación en sala por el mínimo y exacto número de 92 diputados. ¿Qué ocurrió? Pues que algunos de los mismos diputados de Chile Vamos que se sintieron engañados por las señales dadas por el Gobierno en relación al artículo transitorio, entendieron finalmente que esta indicación le brindaba al texto aprobado un mejor chasis jurídico ante el TC.

Mucha gente se pregunta por qué llegamos a esta situación tan límite, y es que independiente del juicio que cada uno pueda tener del manejo de la crisis sanitaria, si hay algo en lo que podemos coincidir es que la extrema focalización y requisitos de los beneficios sociales le pavimentó el camino a la demanda de un tercer retiro, que muchos planteamos siempre como última opción. Sin ir más lejos, esta semana el Ministerio de Desarrollo Social debió admitir que incluso de las familias pertenecientes al 40% más vulnerable hay una cuarta parte que no ha recibido beneficios: ni el bono covid, ni el IFE, ni el bono clase media.

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Pero en vez de convocar a un gran acuerdo nacional para generar una Renta Universal de Emergencia para los sectores medios y vulnerables, el presidente Piñera ha optado por judicializar el conflicto ante un cuestionado Tribunal Constitucional que ha hecho noticia por sus conflictos internos, allanamientos e incluso un sumario a su presidenta, quien nuevamente tendría un voto dirimente.

Si en definitiva el jefe de Estado cumple con su amenaza de recurrir al TC, viviremos días aún más difíciles: imaginen ustedes la tensión que enfrentaríamos con millones de chilenos en vilo esperando la resolución de un tribunal tan cuestionado. Por el contrario, es la hora de la política y los acuerdos; las autoridades elegidas por un pueblo que hoy vive días desoladores somos las llamados a buscar una salida, que sería -por lo demás- la única manera de permitir que millones de chilenos, y sobre todo quienes trabajan por cuenta propia o de manera informal cumplan las medidas de confinamiento que nos permitan reducir las subsistentes cifras de contagios y fallecidos.

Y si el Gobierno estima que no hay recursos para financiar la Renta Básica Universal de Emergencia que propusimos hace un año, ahí ponemos sobre la mesa nuestra propuesta de impuesto transitorio a las mayores fortunas del país y a las mega empresas con ingresos sobre 1 millón de unidades de fomento al año, que aprobamos esta semana en nuestra protagónica comisión de Constitución.

Presidente Piñera: usted decide, o nos vemos en el Tribunal Constitucional o en la mesa de acuerdos. Por favor, no siga judicializando las diferencias.

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