La Corte de Apelaciones de Concepción acogió una querella de una consumidora y ordenó a Cencosud Retail S.A. reponer una cocina por una nueva y pagar una indemnización de 500 mil pesos por daño moral.
Además, se impuso una multa de 5 UTM (equivalente a $336.470 a beneficio fiscal) por la infracción a la normativa del consumidor. La sentencia también condena a la empresa al pago de las costas del juicio.
¿Qué pasó?
En 2021, una consumidora compró una cocina en la tienda Paris por un monto de $594.970. Al desembalar el producto, constató una abolladura en el lateral superior izquierdo, por lo que consideró que el producto venía defectuoso.
En ese entonces, ingresó un reclamo en el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), solicitando la reposición o devolución del dinero, pero la empresa rechazó su solicitud, argumentando que no hubo un reporte inmediato al recibir el producto.
El conflicto no terminó ahí, ya que, tras la orientación del Sernac y su derivación a la Corporación de Asistencia Judicial, la consumidora presentó una demanda ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Concepción. Sin embargo, la sentencia del Juzgado no fue favorable, y el 29 de septiembre de 2023, rechazó la petición de la consumidora.
Posteriormente, en segunda instancia, la afectada acudió a la Corte de Apelaciones de Concepción, que finalmente validó que hubo un incumplimiento por parte de la empresa.
La Corte revirtió el fallo del Juzgado e indicó que la empresa infringió diversos artículos de la Ley del Consumidor al actuar de manera negligente y vulnerar los derechos de la consumidora.
Finalmente, el tribunal determinó que el producto era defectuoso y que la negativa de la empresa a cumplir con la garantía legal constituyó una conducta indebida.
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