A raíz de la resolución del Tribunal Supremo de Justicia, no está claro quién asumirá.
La gran interrogante sobre el futuro de Venezuela es que sucederá ahora tras la muerte de Hugo Chávez, ya que en enero se le extendió el ejercicio de sus funciones pese a no jurar por un nuevo periodo.
La Constitución de Venezuela, reformada en 1999, establece que tras la muerte de un Presidente electo se debe convocar a elecciones universales, directas y secretas dentro de los próximo 30 días.
Si la muerte se produce cuando el mandatario no ha tomado posesión de su cargo, el país quedará temporalmente en manos del Presidente de la Asamblea Nacional. Es decir, ahora sería Diosdao Cabello.
Pero si el fallecimiento se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, asumiría el Vicepresidente Ejecutivo, Nicolás Maduro. Este último, según la misma Carta fundamental, no podrá presentarse en las elecciones convocadas a menos que renuncie a su cargo.
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