Este miércoles la tercera sala de la Corte Suprema ordenó al Fondo Nacional de Salud (FONASA), al Servicio de Salud Concepción y al Ministerio de Salud a no ignorar y financiar el tratamiento médico a un niño que padece una enfermedad degenerativa y que no lo cubre la denominada Ley Ricarte Soto.
En Última Mirada, el abogado y académico de la Universidad de Chile, Luis Cordero, analizó la situación que ha llamado la atención de la política chilena.
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El abogado aseguró que la particularidad de este caso es que esta vez la Corte Suprema primó al derecho a la vida, dejando de lado la idea de “hacer políticas públicas”.
“El dilema judicial es ¿le doy la razon a la administración pública o le doy la razón al afectado?”, señaló Cordero.
Como ejemplo del cambio que se han generado en los tribunales respecto a estos casos, el abogado recordó cuando en el año 2001 tres personas que tenían VIH recurrieron a la Corte solicitando acudir al tratamiento, sin disponer de recursos.
En ese año, la Corte Suprema primó la distribución de los fondos públicos, asegurando que no podían intervenir en el Ministerio de Salud, negando el acceso del tratamiento a los afectados.
“La Corte Suprema aseguró que no se puede hacer primar el coste económico por sobre el derecho a la vida”, afirmó Cordero.
Por otra parte, el magistrado afirmó que hoy en día los derechos de prestación sanitiaria presentan un conflicto del sector público y privado.
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